IRPF: gastos deducibles, modelo 130 y escala autonómica catalana 2026

Ámbito: Fiscal estatal + autonómico (escala IRPF cedida a Catalunya) · Clase: MIXTO · Estado normativo: vigente a julio 2026 (escala catalana del Decret-llei 5/2025)

Abreviaturas — siglas usadas en este capítulo (clic para desplegar)

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Cómo tributa el beneficio del gabinete, qué gastos descuentas y por qué, con tu perfil de pluriactividad, presentar el modelo 130 no es opcional. El aviso que marca todo el documento: el beneficio del gabinete se apila sobre tu nómina de anestesia/urgencias y tributa a tu tipo marginal, que ya es alto. Y en Catalunya el marginal combinado es de los más altos de España: hasta el 50% en el tramo superior.

1. Régimen de estimación: directa simplificada

Por defecto tributas en Estimación Directa Simplificada (cifra de negocio < 600.000 €/año). La actividad sanitaria no puede ir por módulos (estimación objetiva); la única alternativa sería la directa normal.

Directa Simplificada Directa Normal
Cuándo Cifra de negocio < 600.000 €/año (por defecto) Si facturas > 600.000 € o renuncias a la simplificada
Ventaja clave Gastos de difícil justificación = 5% del rendimiento neto positivo, tope 2.000 €/año (deducción automática, sin factura) No tiene ese 5% automático

Ese 5% de difícil justificación te lo llevas sin justificar nada: sobre un rendimiento de 40.000 €, son 2.000 € (el tope). Aprovéchalo.

Reducción del 20% por inicio de actividad (que muchas gestorías olvidan)

El art. 32.3 LIRPF da una reducción del 20% del rendimiento neto positivo en el primer ejercicio con beneficio y el siguiente (base máxima 100.000 €/año). Con 30.000 € de beneficio, son 6.000 € menos de base. Dos avisos:

2. El efecto pluriactividad: por qué tu beneficio tributa caro desde el primer euro

En el IRPF, las rentas del trabajo (tu nómina) se suman a los rendimientos de tu actividad económica en la misma declaración. Consecuencia: el beneficio del gabinete no tributa desde cero, se coloca encima de tu salario, así que entra directamente en tu tipo marginal. Con una nómina hospitalaria, ese marginal ya suele estar en el 40%–47% combinado en Catalunya.

2.1 Escala AUTONÓMICA catalana del IRPF 2026 (verificada)

Reformada por el Decret-llei 5/2025, de 25 de març, que rebaja el primer tramo del 10,5% al 9,5%, pasa de 9 a 8 tramos y mantiene el marginal autonómico máximo en el 25,5% por encima de 175.000 €.

Base liquidable (tramo autonómico) Tipo autonómico
0 – 12.500 € 9,50%
12.500 – 22.000 € 12,50%
22.000 – 33.000 € 16,00%
33.000 – 53.000 € 19,00%
53.000 – 90.000 € 21,50%
90.000 – 120.000 € 23,50%
120.000 – 175.000 € 24,50%
> 175.000 € 25,50%

2.2 Cómo se forma el tipo total (estatal + autonómico)

La cuota íntegra suma la escala estatal (art. 63 Ley 35/2006: 9,5% / 12% / 15% / 18,5% / 22,5% / 24,5%) más la escala autonómica catalana de arriba. Cifras de referencia del marginal combinado en Catalunya 2026:

Nivel de base general Marginal combinado aproximado
Primer tramo (hasta 12.450 €) ~19% (9,5% estatal + 9,5% autonómico)
Zona 35.000 – 53.000 € ~37,5%
Zona 60.000 – 90.000 € ~44%–45%
Por encima de 175.000 € hasta ~48,5%–50%

Los tramos estatal y autonómico no rompen en los mismos importes, así que el combinado exacto por escalón lo calcula el software de la gestoría. La lectura firme: en Catalunya el euro marginal de tu gabinete tributa alto, y eso es lo que empuja antes el análisis del salto a sociedad (ver 05 Autónoma frente a SLP: el umbral de salto).

2.3 Ejemplo trabajado: dónde cae tu beneficio

Nómina que sitúa tu base ya en ~50.000 € antes de tocar el gabinete, y beneficio neto del gabinete de 30.000 € el primer año. Ese beneficio se apila de 50.000 a 80.000 € y cae en tramos combinados del 37%–45%:

Tramo ~50.000 → 53.000 €  (combinado ~37,5%)
Tramo ~53.000 → 80.000 €  (combinado ~44–45%)
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IRPF sobre los 30.000 € del gabinete   ≈ 12.500–13.000 €
Tipo efectivo sobre el beneficio        ≈ 42–43%

De cada 100 € que ganas en el gabinete, cerca de 42–43 € se van en IRPF. Este dato es el que cambia la comparación con el Impuesto sobre Sociedades cuando estudies la SLP.

Norma Qué te impone Referencia
Decret-llei 5/2025, de 25 de març Fija la escala autonómica catalana del IRPF 2026 (8 tramos, primer tramo 9,5%, máximo 25,5%) Portal Jurídic · dlleg 5/2025
Ley 35/2006 del IRPF (art. 63) Escala general estatal que se suma a la autonómica para formar la cuota íntegra; art. 32.3 (reducción 20% inicio) BOE-A-2006-20764

3. Modelo 130: por qué sí tienes que presentarlo

El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF: adelantas trimestralmente un 20% del rendimiento neto de tu actividad.

La regla del 70% y por qué a ti no te salva: existe exención de presentar el 130 si más del 70% de los ingresos de la actividad llevaron retención. Un gabinete de estética factura mayoritariamente a particulares, que no retienen. No llegas al 70% retenido, así que no aplica la exención y sí tienes que presentar el 130. Aquí se confunden los médicos que solo facturan a mutuas (con retención); tú no, porque tu cliente es el particular.

Ejemplo trabajado del 130

Primer trimestre. Ingresos estética 15.000 €, gastos 9.000 €, rendimiento neto acumulado 6.000 €, casi todo a particulares:

Rendimiento neto acumulado (T1)              6.000,00 €
Pago fraccionado 20%                         1.200,00 €
− Retenciones soportadas                         0,00 €  (casi todo a particulares)
− Pagos 130 anteriores                           0,00 €
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A ingresar en el 130 del T1                  1.200,00 €

Lo que ingresas por el 130 no es impuesto extra: es un anticipo de tu IRPF anual, que se descuenta en la declaración de la renta.

Norma Qué te impone Referencia
RD 439/2007 (Reglamento IRPF) y procedimiento AEAT modelo 130 Autoliquidación trimestral del pago fraccionado (20% del rendimiento neto); exención si ≥70% de ingresos con retención AEAT · modelo 130 (G601)

4. Retenciones en tus facturas

A quién facturas Retención Modelo que lo recoge
Empresas, otros profesionales, aseguradoras, mutuas (actividad profesional, Sección 2ª) 15% (7% los 3 primeros años de actividad) El pagador la ingresa; a ti te reduce el 130
Particulares Sin retención Por eso autoliquidas vía 130

Como pagadora: si alquilas local con arrendador que te repercute, practicas retención del 19% (modelo 115); si contratas personal, retienes su IRPF (modelo 111), ver Contratación de personal y convenio de sanidad privada de Catalunya.

5. Gastos deducibles del gabinete

Requisitos de todo gasto deducible (los cuatro): (1) vinculación a la actividad, (2) factura completa a nombre de la actividad (un ticket no vale), (3) registro contable, (4) medio de pago justificable (bancario, no efectivo opaco).

Gasto ¿Deducible? Notas
Alquiler del local Con factura + IVA (deducible según prorrata). Retención por modelo 115
Amortización de equipos (láser, camillas, mobiliario) Vía tablas de amortización (equipos médicos ~12–15%/año). Bienes < 300 € y hasta 25.000 €/año: libertad de amortización PYME
Material fungible (agujas, viales, consumibles) IVA deducible según prorrata
Productos inyectables / farmacia profesional Correlacionados con ingresos
Seguro de responsabilidad civil profesional (Medicorasse/COMB) 100%. Ver Tier I
Cuota de colegiación (COMB / COMG) 100%
Formación, cursos, congresos de medicina estética Vinculados a la actividad
Suministros del local (luz, agua, internet, teléfono) Si el local es exclusivo, 100%; IVA según prorrata
Suministros si trabajas parcialmente en tu vivienda Parcial 30% sobre la parte proporcional de la vivienda afecta. No aplica si tienes local independiente
Asesoría / gestoría 100%
Software de facturación, web, marketing Vinculado a la actividad
Vehículo / gasolina Difícil Solo con afectación exclusiva probada; Hacienda lo restringe mucho fuera del transporte
Comidas / dietas Limitado Día laborable, restauración, pago electrónico, tope diario

El láser merece atención aparte. No se deduce de golpe: se amortiza a lo largo de su vida útil (~8 años, 12–15% anual). Su IVA, si superó 3.005,06 €, se regulariza durante 5 años según tu prorrata (ver IVA: estética frente a finalidad terapéutica §5).

6. Pendiente de confirmar 2026


Estètica Catalunya · Vigencia normativa: julio 2026. Contrasta con tu gestoría, el COMB/COMG y la Administración antes de cualquier trámite.