Contratación de personal y convenio de sanidad privada de Catalunya
Ámbito: Autonómico (convenio catalán de establecimientos sanitarios) + estatal (contratos, cotización, bonificaciones) · Clase: MIXTO · Estado normativo: vigente a julio 2026
Abreviaturas — siglas usadas en este capítulo (clic para desplegar)
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Para: médica titular del gabinete, de cara a la fase 2 (incorporar enfermera/DUE y/o recepción). Qué es esto: qué convenio te obliga, qué contrato usar, cuánto te cuesta de verdad una trabajadora (bruto + Seguridad Social), los trámites en orden, y los tres puntos que la Inspección y el Colegio miran con lupa: intrusismo, falso autónomo y protección de datos. Regla de oro: el coste real de una persona no es su nómina; es su nómina × ~1,32. Presupuesta con esa cifra, no con el bruto.
1. El convenio que te aplica (y una diferencia clave con otras CCAA)
No eliges convenio: te viene dado por la actividad (asistencia sanitaria privada). Y aquí está la diferencia importante frente a Andalucía u otras comunidades, donde el convenio de sanidad privada es provincial: en Catalunya el convenio del sector es AUTONÓMICO. El mismo convenio cubre Barcelona y Girona (y toda Catalunya). No hay un convenio "de Barcelona" y otro "de Girona" para este sector.
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| XII Convenio colectivo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Catalunya (Resolución EMT/3326/2024) | Salarios, jornada, categorías del personal de establecimientos sanitarios privados en toda Catalunya, consultas incluidas. Vigencia 2023-2025 (verificar ultraactividad / renovación) | Portal Jurídic · EMT/3326/2024 |
Por qué te aplica aunque seas una consulta pequeña: el ámbito funcional cubre expresamente las consultas y clínicas de asistencia sanitaria privada, no solo hospitales. Un gabinete U.48 con enfermería y recepción encaja de lleno.
Ojo al convenio correcto. Existe también un convenio catalán de hospitales de agudos (concertados con el sistema público, referencia distinta que circula como EMT/509/2026). Ese no es el tuyo: un gabinete estético privado va al de establecimientos sanitarios / sanidad privada (EMT/3326/2024), no al de hospitales de agudos. ⚠️ verificar con tu gestoría el convenio y las tablas salariales vigentes 2026 antes de fijar sueldos.
Qué te fija el convenio
| Materia | Detalle | Nota |
|---|---|---|
| Jornada anual | La que fije el convenio catalán vigente | ⚠️ verificar en el texto EMT/3326/2024 |
| Categorías (grupo sanitario titulado) | DUE / Graduado en Enfermería | La médica va en grupo aparte (titulado superior) |
| Categorías (grupo administrativo) | Auxiliar administrativo, recepcionista/telefonista | Recepción encaja aquí |
| Estructura salarial | Salario base + complementos + antigüedad + pagas extra | Anexo de tablas del convenio (DOGC) |
Tablas salariales: a sustituir por el Anexo vigente del convenio catalán. ⚠️ verificar tablas 2026.
Suelo legal que ningún convenio puede rebajar: ==SMI 2026 = 1.221 €/mes × 14 = 17.094 €/año== a jornada completa (⚠️ verificar el RD del SMI 2026 en el BOE). Si la tabla del convenio para la categoría quedara por debajo del SMI, se paga el SMI.
No te aplica el convenio de peluquería/estética/imagen personal: en cuanto hay actividad sanitaria y enfermería, mandas al de sanidad privada.
2. Tipo de contrato y bonificaciones (estatal)
El contrato: indefinido por defecto
Desde la reforma laboral (RDL 32/2021) el contrato es indefinido salvo causa tasada. El "contrato por obra" desapareció. Para una plaza estable de enfermera o recepción, el temporal no encaja y expone a acta de Inspección.
| Modalidad | Cuándo usarla | Aviso |
|---|---|---|
| Indefinido | La norma. Enfermera y recepción son plazas estructurales | Jornada completa o parcial |
| Indefinido a tiempo parcial | Media jornada o tardes. Debe constar por escrito el nº de horas y su distribución | Horas complementarias solo si se pactan por escrito |
| Temporal por circunstancias de la producción | Pico puntual y previsible. Máximo 6 meses (ampliable a 1 año por convenio) | No sirve para plaza permanente |
| Temporal por sustitución | Cubrir una baja/permiso concreto | Debe identificar a la persona sustituida |
| Formativo | Incorporación en formación | Requiere plan formativo y tutor |
Bonificaciones vigentes en 2026: la verdad incómoda
No existe hoy la bonificación "por primer trabajador" ni "por contratar a una mujer" sin más. La Ley 43/2006 fue derogada por el RDL 1/2023. El sistema actual son importes fijos mensuales, y la bonificación depende del perfil de la persona que contratas, no de que sea tu primera empleada ni de su sexo por sí solo.
| Perfil de la persona contratada (indefinido) | Bonificación cuota empresa | Duración |
|---|---|---|
| Desempleado/a de larga duración | 110 €/mes | 3 años |
| Desempleada de larga duración mujer o mayor de 45 | 128 €/mes | 3 años |
| Joven < 30 de baja cualificación (Garantia Juvenil) | hasta 275 €/mes | hasta 36 meses |
| Persona con discapacidad (≥33%) | reducción/bonificación alta | vigencia del contrato |
| Víctima de violencia de género, trata o violencia sexual | 128 €/mes | 4 años |
| Conversión de contrato formativo a indefinido | 128 €/mes (147 € mujer) | 3 años |
Requisitos comunes: estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, mantener el empleo 3 años, no haber hecho despidos improcedentes en los 12 meses previos. Una sola bonificación estatal por contrato (no se acumulan).
Conclusión: presupuesta el coste sin contar con bonificación. Si la candidata encaja en un colectivo, es un extra, no la base del plan.
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| RDL 32/2021 (reforma laboral) | Contrato indefinido como regla; temporalidad tasada | BOE-A-2021-21788 |
| RDL 1/2023 (incentivos a la contratación) | Sustituye las viejas bonificaciones por importes fijos según perfil | BOE-A-2023-625 |
3. Coste empresa: bruto + Seguridad Social
Sobre el salario bruto pagas, además, la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa. Desglose orientativo para un contrato indefinido en 2026:
| Concepto | Tipo a cargo de la empresa |
|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60% |
| Desempleo (indefinido) | 5,50% |
| FOGASA | 0,20% |
| Formación Profesional | 0,60% |
| MEI (2026) | 0,75% |
| AT y EP (actividad sanitaria) | ~1,50% (⚠️ verificar CNAE del centro) |
| Total orientativo empresa | ≈ 32% |
Con contrato temporal el desempleo sube (total ≈ 33%). La parte del trabajador (~6,45%) se descuenta de su nómina, no es coste añadido para ti.
Ejemplo trabajado: coste anual de una enfermera
| Media jornada (50%) | Jornada completa | |
|---|---|---|
| Salario bruto anual | 10.000 € (⚠️ verificar tabla) | 20.000 € (⚠️ verificar tabla) |
| Seguridad Social empresa (~32%) | 3.200 € | 6.400 € |
| Coste total empresa/año | ≈ 13.200 € | ≈ 26.400 € |
| Coste mensualizado (÷12) | ≈ 1.100 €/mes | ≈ 2.200 €/mes |
Suelos legales 2026: jornada completa mínimo 17.094 €/año (SMI), coste empresa ≈ 22.560 €/año; media jornada mínimo 8.547 €/año, coste empresa ≈ 11.282 €/año. Si la tabla del convenio para DUE supera el SMI (lo habitual), manda la del convenio.
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| Orden de cotización 2026 (desarrollo LGSS) | Tipos de cotización empresa/trabajador y bases 2026 | ⚠️ verificar la Orden de cotización 2026 en el BOE |
4. Trámites: el orden correcto
Lo ejecuta tu gestoría laboral, pero el alta tiene que ser previa al primer minuto de trabajo. Nada de "ya lo regularizo".
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social y Código de Cuenta de Cotización (CCC). Solo la primera vez. Incluye elegir mutua.
- Afiliación (si es primer empleo) y alta en la Seguridad Social, antes del inicio (hasta 60 días antes; nunca después).
- Contrato por escrito. Parcial y temporal, siempre por escrito con horas detalladas.
- Comunicación del contrato al SEPE por Contrat@, en 10 días hábiles.
- Nómina mensual + ingreso de cuotas por liquidación directa (SILTRA), a mes vencido.
- IRPF: retención en nómina, ingreso trimestral (modelo 111) y resumen anual (modelo 190).
- Registro de jornada diario (toda la plantilla) y registro salarial.
PRL y residuos (obligatorio desde el día 1)
Con personal por cuenta ajena, la prevención de riesgos laborales deja de ser opcional. Un gabinete estético tiene riesgos reales: biológico (pinchazos), químico, láser/IPL (radiación), ergonómico y residuos sanitarios. Mínimos: evaluación de riesgos y plan de prevención (normalmente Servicio de Prevención Ajeno), vigilancia de la salud, formación e información en PRL, entrega de EPIs. En Catalunya los residuos sanitarios se rigen por el Decret 27/1999 (Grup III cortopunzantes/agujas, Grup IV citotóxicos): segregación, gestor autorizado por la ARC y declaración anual; el desarrollo vive en Tier I / Tier C.
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| Decret 27/1999 (gestión de residuos sanitarios, Catalunya) | Clasificación en 4 grupos, segregación, envasado y gestión por gestor autorizado ARC | Portal Jurídic · Decret 27/1999 |
5. Enfermera (DUE): colegiación, seguro y la línea roja clínica
Requisitos de la persona
- Colegiación obligatoria en el Colegio de Enfermería de la provincia (COIB Barcelona, COIGI Girona). Sin colegiación no puede ejercer; verifica su número antes del alta.
- Seguro de RC sanitaria. La Ley 44/2003 (LOPS) obliga a que los profesionales sanitarios en ámbito privado cuenten con cobertura de RC. En la práctica: amplía tu póliza de RC del centro (Medicorasse/COMB) para que cubra los actos de la enfermera bajo protocolo, o exige que ella acredite la suya. Confírmalo por escrito con la aseguradora. Ver Tier I.
La línea que no se cruza
Contratar enfermería no traslada actos médicos a la enfermera.
| Quién | Puede | No puede |
|---|---|---|
| Médica titular | Indicar y pautar; infiltrar toxina y rellenos; láser médico; manejar complicaciones | (nada reservado) |
| Enfermera / DUE | Administrar tratamientos bajo prescripción, protocolo y dirección facultativa | Indicar el tratamiento; infiltrar de forma autónoma |
| Esteticista / auxiliar | Preparación, cosmética no invasiva, asistencia | Inyectar, nunca |
La indicación y los actos reservados son del médico (RD 954/2015: la enfermería indica/usa medicamentos de prescripción solo conforme a protocolos, no de forma autónoma). Delegar mal es intrusismo, y en local abierto al público con servicios anunciados encaja en el tipo agravado del art. 403 CP (prisión), con responsabilidad civil solidaria para ti y posible nulidad de la cobertura del seguro. El desarrollo (casos, penas, reparto competencial) vive en Tier I.
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| Ley 44/2003 (LOPS), art. 46 | Seguro de RC obligatorio para profesionales sanitarios en ámbito privado | BOE-A-2003-21340 |
| RD 954/2015 (indicación/uso por enfermería) | La enfermería actúa sobre medicamentos de prescripción solo bajo protocolo/dirección médica | BOE-A-2015-14028 |
6. Falso autónomo vs contrato laboral vs TRADE
Tentación clásica: "que la enfermera facture como autónoma y me ahorro la Seguridad Social". Es la vía rápida al acta de Inspección. Lo que determina la figura no es cómo la llames, sino cómo trabaja realmente.
| Figura | Cuándo procede | Riesgo |
|---|---|---|
| Contrato laboral | Trabaja en tu centro, con tu material, en tu horario, bajo tus órdenes y protocolos, cobra periódicamente. Es el caso de tu enfermera o recepción | Ninguno: es lo correcto |
| Autónomo genuino | Organización propia, varios clientes, asume riesgo, pone sus medios, sin horario impuesto | Válido solo si es real |
| TRADE | Autónomo real que factura ≥ 75% a un solo cliente; contrato registrado en el SEPE | Figura acotada; poco encaje para plantilla |
| FALSO autónomo | Le haces facturar como autónoma pero trabaja con dependencia y ajenidad | Acta: alta de oficio, cuotas atrasadas con recargo (hasta 4 años), sanción y conversión en indefinido |
Las notas que delatan al falso autónomo (ajenidad: los pacientes y el cobro son tuyos; dependencia: trabaja donde, cuando y como tú marcas) son justo las que definen tu gabinete. Una enfermera o recepción integrada en tu consulta es trabajadora por cuenta ajena, punto.
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| Ley 20/2007 (Estatuto del Trabajo Autónomo, TRADE) | Define autónomo, TRADE y sus límites; base para distinguir del falso autónomo | BOE-A-2007-13409 |
7. Aviso RGPD: contratar personal sanitario puede activar el DPD
Dos frentes al incorporar personal: (1) valorar el Delegado de Protección de Datos (DPD): mientras ejerces sola a título individual, la excepción del art. 34.1.o LOPDGDD te libra; al contratar DUE se discute si sigues "a título individual", así que presupuesta/valora el DPD y confírmalo con especialista. (2) Compromiso de confidencialidad firmado por cada persona con acceso a historias clínicas, antes de su primer día. Ambos, con plantillas, viven en Tier F (protección de datos).
Català en la relación laboral y con el paciente
El català es lengua cooficial: la persona consumidora tiene derecho a ser atendida y a recibir documentación en català (Codi de consum, Llei 22/2010, art. 128-1). Es obligatorio en la retolació, los fulls oficials de reclamació y, a petición, en presupuestos y consentimientos. Al contratar recepción, ese punto de atención al público debe poder funcionar en català. Desarrollo en Tier F.
8. Pendientes de verificar (antes de firmar nada)
- [ ] Tablas salariales y jornada vigentes del convenio catalán de establecimientos sanitarios (EMT/3326/2024): salario base de DUE y de administrativo/recepción, y si sigue en ultraactividad o hay texto 2026.
- [ ] Confirmar que no te aplica el convenio de hospitales de agudos (referencia EMT/509/2026), sino el de sanidad privada.
- [ ] Tipo exacto de AT/EP según el CNAE con que se dé de alta el centro.
- [ ] Orden de cotización 2026 para los tipos y bases del ejercicio.
- [ ] RD del SMI 2026 en el BOE (usado 1.221 €/mes × 14).
- [ ] Colectivo bonificable de la candidata concreta.
- [ ] Cobertura de la póliza de RC para los actos de la enfermera bajo protocolo (por escrito con la aseguradora, Tier I).
Estètica Catalunya · Vigencia normativa: julio 2026. Contrasta con tu gestoría, el COMB/COMG y la Administración antes de cualquier trámite.