Bonos, membresías y financiación al paciente
Ámbito: Estètica Catalunya (Barcelona y Girona). Clase: MIXTO (consumo, IVA y crédito estatales · Codi de consum catalán). Estado normativo: Vigente · julio 2026.
Abreviaturas — siglas usadas en este capítulo (clic para desplegar)
BOE Boletín Oficial del Estado · COMB Col·legi Oficial de Metges de Barcelona *(Catalunya)* · COMG Col·legi Oficial de Metges de Girona *(Catalunya)* · DOGC Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya *(Catalunya)* · IVA impuesto sobre el valor añadido · LIVA Ley del impuesto sobre el valor añadido · LOPD Ley Orgánica de Protección de Datos (derogada; hoy LOPDGDD) · RGPD Reglamento General de Protección de Datos · TRLGDCU texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios · UE Unión Europea
Cómo estructurar bonos de sesiones, membresías de suscripción y financiación al paciente sin fabricarte una bomba de consumo ni un pasivo fiscal. La regla que ordena el capítulo: cobrar por adelantado te hace deudor de un servicio futuro, y el consumidor conserva derechos que ninguna cláusula puede vaciar. El presupuesto, el cobro y la financiación en su marco general viven en 90_Presupuesto_Cobro_y_Financiacion; aquí está el detalle de las tres figuras de prepago y suscripción.
1. El marco que aplica a todo prepago
No existe una norma específica de "bonos estéticos": se aplica el marco general de consumo estatal y catalán.
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| TRLGDCU art. 60 | Información precontractual clara: precio total, qué incluye, número de sesiones, caducidad y condiciones de cancelación, antes de cobrar | BOE-A-2007-20555 |
| TRLGDCU arts. 80-90 | Prohibición de cláusulas abusivas: caducidad que hace perder lo pagado, no devolución de sesiones no consumidas, penalizaciones desproporcionadas | BOE-A-2007-20555 |
| Codi de consum de Catalunya, Llei 22/2010 | Información y documentación en català si el paciente lo pide; fulls de reclamació; derechos del consumidor | DOGC / BOE-A-2010-13115 |
Consumo desaconseja públicamente pagar tratamientos completos por adelantado. Tú puedes ofrecerlos, pero cada euro cobrado por delante es un servicio que debes y que, si no se presta, tienes que devolver.
2. Bonos y packs de sesiones
Diseño limpio
- Validez razonable (12 meses es defendible) y siempre devolución o crédito de las sesiones no consumidas si el paciente desiste, se contraindica o rompes tú la relación.
- La cláusula "las sesiones no disfrutadas se pierden" es atacable como abusiva (arts. 80-90 TRLGDCU). La caducidad no te exime de devolver lo no prestado si quien termina eres tú (
93 §5). - Cada sesión conserva su indicación clínica y su consentimiento en su momento: un bono no es un cheque en blanco para tratar sin valorar.
- Cálculo de devolución seguro en juicio: total pagado menos sesiones realizadas a precio unitario de tarifa (no al precio rebajado del pack).
IVA del bono
- Un pack de sesiones definidas en tu consulta (lugar y tipo de servicio conocidos al emitirlo) es un bono univalente: el IVA (21%) se devenga al vender el pack, no al consumir cada sesión.
- Si el bono permitiera servicios con distinto tratamiento de IVA (por ejemplo, mezcla de acto terapéutico exento y estético al 21%), sería polivalente y el IVA se devengaría al canjear cada servicio. Evítalo: diseña bonos de un solo tipo de servicio. Marco: Ley 37/1992, LIVA; la exención terapéutica y su frontera con la estética están en Tier D ·
26_IVA_Estetica_vs_Terapeutica. - Emite factura al vender el bono y anota cada canje contra él; el software debe cumplir Verifactu (Tier D ·
29).
3. Membresías y suscripciones
Las cuotas mensuales o anuales ("club", "membership", mantenimiento) son contratos de tracto sucesivo y arrastran obligaciones extra:
- Precio y contenido claros por periodo: qué incluye cada cuota, qué no, y qué pasa con lo no usado en el mes.
- Permanencias: una permanencia larga con penalización fuerte es cláusula sospechosa de abusiva. Si la usas, que sea proporcional al beneficio dado (por ejemplo, un descuento de alta) y comunicada por escrito.
- Renovación tácita: informa del plazo y permite cancelar con preaviso razonable; la renovación automática sin poder salir es atacable.
- Desistimiento: si la membresía se contrata a distancia (web, sin presencia física), el paciente tiene 14 días de desistimiento (TRLGDCU). Si pidió empezar antes, paga la parte proporcional consumida.
- Datos: la gestión de suscriptores es tratamiento de datos con su base y su registro (Tier F ·
48). - Sin sobretratar: una membresía no puede empujar a aplicar producto que no está indicado. El límite ético y comercial vive en
92_Indecisos_Fidelizacion_y_Limites_Eticos.
4. Financiación al paciente
El marco es la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo. El detalle operativo (con quién trabajar, qué no firmar) está en 90 §4; lo esencial:
| Norma | Qué te impone | Referencia |
|---|---|---|
| Ley 16/2011, arts. 26 y 29 | En crédito vinculado a tu consulta, si el servicio falla el paciente puede dejar de pagar a la financiera y reclamarte a ti (responsabilidad solidaria) | BOE-A-2011-11603 |
| Ley 16/2011, art. 28 | 14 días de desistimiento del crédito | BOE-A-2011-11603 |
| Ley 16/2011, art. 4.2 | El aplazamiento propio queda fuera de la ley solo si es sin intereses ni gasto alguno | BOE-A-2011-11603 |
- Trabaja con financiera externa regulada como intermediaria; no cobres al paciente por intermediar.
- Nunca se firma la financiación antes que el presupuesto y el consentimiento.
- Fraccionamiento propio: legal sin ser entidad de crédito solo al 0% y sin ningún gasto (art. 4.2), y ligado a sesiones realizadas.
- La reforma que transpone la Directiva (UE) 2023/2225 puede endurecer los requisitos para intermediar; sigue la tramitación (⚠️ verificar).
5. Qué pasa si cierras o el paciente ya pagó
- Sesiones o cuotas prepagadas no consumidas: son deuda tuya. Devuélvelas (cálculo del §2). Retenerlas es enriquecimiento injusto.
- Prescripción: la reclamación del paciente por lo pagado y no prestado prescribe a los 5 años por vía contractual (art. 1964.2 CC); la acción por daño estético, a los 3 años en Catalunya (Codi civil de Catalunya, art. 121-21:
93 §3). - Prudencia de tesorería: no gastes hoy el prepago de servicios que aún debes; parte de ese dinero es un pasivo, no un ingreso disponible.
Checklist
- [ ] Bono con validez de 12 meses, número de sesiones y devolución de lo no consumido por escrito; sin cláusula de pérdida.
- [ ] Factura al vender el bono; bono de un solo tipo de servicio (IVA univalente al 21%).
- [ ] Membresía con contenido por periodo, preaviso de cancelación y sin permanencia abusiva; 14 días de desistimiento si se contrata a distancia.
- [ ] Financiación con financiera externa regulada; nunca antes que presupuesto y consentimiento; fraccionamiento propio solo al 0%.
- [ ] Textos de bono y membresía disponibles en català; fulls de reclamació a mano.
- [ ] Prepago tratado como pasivo en la caja, no como ingreso libre.
Estètica Catalunya · Vigencia normativa: julio 2026. Contrasta con tu gestoría, el COMB/COMG y la Administración antes de cualquier trámite.