Contrato de arrendamiento del local: checklist de cláusulas que te protegen
Ámbito: alquiler del local del gabinete en Barcelona o Girona, para uso sanitario (U.48), con las cláusulas que evitan quedar atada a un local donde no puedas ejercer. Clase: MIXTO (tronco estatal LAU + fianza catalana en INCASÒL y permisos del Departament de Salut y del ajuntament). Estado normativo: julio 2026.
Abreviaturas — siglas usadas en este capítulo (clic para desplegar)
BOE Boletín Oficial del Estado · COMB Col·legi Oficial de Metges de Barcelona *(Catalunya)* · COMG Col·legi Oficial de Metges de Girona *(Catalunya)* · IRPF impuesto sobre la renta de las personas físicas · IVA impuesto sobre el valor añadido · LAU Ley de Arrendamientos Urbanos · RCSES Registre de centres, serveis i establiments sanitaris de Catalunya *(Catalunya)* · SLP sociedad limitada profesional
Vas a firmar el alquiler antes de saber con certeza que el ajuntament te dará la compatibilidad urbanística y el Departament de Salut la autorización sanitaria de funcionamiento. Si firmas un contrato de local corriente y luego no te autorizan, te quedas pagando renta por un local en el que no puedes ejercer. Todo lo de este documento sirve para que eso no pase.
Marco legal: arrendamiento para uso distinto del de vivienda (Título III de la LAU, Ley 29/1994, arts. 29-35). Aquí manda lo que pactéis; la ley solo es supletoria. Por eso hay que negociar y escribir cada cláusula: lo que no pongas, no lo tienes. La fianza se rige además por la norma catalana (Ley 13/1996, del Registre i el dipòsit de fiances): se deposita en INCASÒL.
1. Las ocho cláusulas de un vistazo
| # | Cláusula | En una frase | Riesgo si falta |
|---|---|---|---|
| a | Condición suspensiva / resolutoria | El contrato solo despliega efectos si consigues compatibilidad urbanística y autorización sanitaria; si no, se resuelve sin penalización y te devuelven la fianza | Pagas renta por un local donde no puedes abrir, y pierdes la fianza al marcharte |
| b | Destino expreso a uso sanitario | El contrato dice que el local se destina a clínica de medicina estética (U.48) | El casero se opone al cambio de uso; la actividad choca con los estatutos de la comunidad |
| c | Obras de adecuación | Quién ejecuta y paga la reforma U.48, y qué pasa con ella al terminar | Discutes al final quién paga las obras y si te llevas o te descuentan lo invertido |
| d | Duración, prórroga y régimen LAU | Plazo suficiente para amortizar la obra, con prórrogas claras | Te vas antes de amortizar, o el casero no te renueva cuando ya tienes clientela |
| e | Renta, actualización, IVA y retención | Cómo sube la renta, que el alquiler lleva 21% de IVA y que tú retienes el IRPF del casero | Sustos con Hacienda (modelo 115) y subidas de renta sin tope |
| f | Fianza y garantías | Fianza legal (2 mensualidades) depositada en INCASÒL y qué garantía extra das | Te retienen garantías de más o no te devuelven la fianza al irte |
| g | Cesión / subarriendo | Poder ceder el contrato a tu futura SLP sin que suba la renta | Al pasar a SLP el casero exige subida o se opone |
| h | Desistimiento e indemnización | Poder salir antes avisando, con indemnización pactada y limitada | Quedas atada al plazo entero; sin pacto, el art. 11 LAU no ampara el desistimiento en local |
2. Cláusula a, Condición suspensiva / resolutoria (la más importante)
Qué es. Ata la validez del contrato a que obtengas los dos permisos que dependen del local: (1) el informe/certificado de compatibilidad urbanística del ajuntament (Barcelona o Girona) y (2) la autorización sanitaria de funcionamiento y el código RCSES del Departament de Salut (Autorización sanitaria de tu gabinete en Catalunya (unidad U.48 Medicina Estètica), paso a paso). Si en un plazo pactado no los consigues, el contrato se resuelve sin penalización, con devolución íntegra de la fianza y cantidades entregadas.
Suspensiva o resolutoria, la diferencia práctica:
- Suspensiva: el contrato no obliga plenamente hasta obtener los permisos (p. ej., la renta no se devenga hasta que llega la compatibilidad urbanística). La más protectora para ti.
- Resolutoria: el contrato es válido ya, pero se deshace automáticamente si no hay permisos en plazo. Útil si el casero no acepta suspender la renta pero sí una carencia.
Cómo redactarla (esqueleto):
"La eficacia del presente contrato queda condicionada a que la arrendataria obtenga, en un plazo máximo de [ ] meses desde la firma: (i) el informe/certificado municipal de compatibilidad urbanística para uso sanitario, y (ii) la autorización sanitaria de funcionamiento de la unidad U.48 y el código de inscripción en el RCSES del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya. Transcurrido dicho plazo sin obtenerlas por causa no imputable a la arrendataria, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato sin penalización, con devolución a la arrendataria de la fianza y de las cantidades entregadas a cuenta."
- Plazo realista: [ ] meses (el trámite del Departament de Salut puede tener un máximo de 3 meses por fase, más obra; no te quedes corta).
- Añade una carencia de renta durante obras y tramitación: [ ] meses sin renta.
Riesgo si falta: te comprometes a pagar el alquiler completo aunque el ajuntament o el Departament de Salut te digan que no, y perderías fianza y mensualidades al tener que marcharte.
3. Cláusula b, Destino expreso a uso sanitario
Qué es. El contrato debe decir, negro sobre blanco, que el local se destina a actividad sanitaria: clínica/gabinete de medicina estética, unidad asistencial U.48, y que el arrendador conoce y consiente ese uso y las obras que conlleva.
- Deja constancia de que el arrendador manifiesta que el local es apto para uso sanitario y que la comunidad de propietarios no prohíbe esa actividad en sus estatutos (pídelos y compruébalo).
- Vincula este destino con la cláusula (a): si el uso sanitario resulta inviable urbanísticamente, opera la condición resolutoria.
Riesgo si falta: un contrato "para local de negocio" genérico deja margen a que el casero se oponga después al cambio de uso o a las obras; y si los estatutos de la comunidad vetan clínicas, puedes descubrirlo cuando ya has invertido. La tramitación municipal (comunicació prèvia d'obertura en Barcelona/Girona) está en Local y licencia municipal en paralelo: Barcelona y Girona.
4. Cláusula c, Obras de adecuación U.48
Qué es. Un local U.48 exige reforma (circuito limpio/sucio, sala de tratamientos, accesibilidad, instalaciones, gestión de residuos). Hay que pactar tres cosas: quién ejecuta, quién paga, y qué pasa con la obra al terminar el contrato.
- Ejecución y pago: normalmente las asume la arrendataria. A cambio, negocia carencia de renta y/o reparto del coste con el casero (que se queda una mejora permanente).
- Autorización expresa de obras: el art. 23 LAU no te deja modificar la configuración del local sin consentimiento escrito del arrendador. Consíguelo anexando el proyecto al contrato, no de palabra.
- Al terminar, accesión o retirada: pacta expresamente el destino de la obra al final:
- Accesión (se queda el casero, gratis), lo habitual si hubo carencia o reparto; o
- Retirada de lo desmontable (aparatología, mobiliario, elementos no fijos) por tu cuenta, reponiendo el local a estado de uso; y
- Si procede, compensación por las mejoras útiles que queden y aprovechen al arrendador.
Sin pacto, el régimen supletorio (Código Civil y, en su caso, el Codi civil de Catalunya en materia de accesión y mejoras) deja la cuestión en terreno gris y acabas discutiendo. Escríbelo.
Riesgo si falta: al final del contrato peleas quién paga la obra, si te llevas los equipos y si te compensan lo invertido.
5. Cláusula d, Duración, prórroga y régimen LAU (uso distinto de vivienda)
Qué es. En local no hay prórroga obligatoria como en vivienda: manda lo pactado. Necesitas un plazo suficiente para amortizar la reforma y prórrogas claras.
- Duración inicial: [ ] años (que cubra la amortización de la obra; habitual 5).
- Prórrogas: [ ] periodos de [ ] años, con preaviso de [ ] meses para no renovar.
- Si te interesa asegurar continuidad cuando tengas clientela, negocia prórroga a tu favor (que decidas tú renovar) más que automática para ambos.
- Recuerda: el desistimiento anticipado (art. 11 LAU) y la prórroga forzosa de vivienda no aplican aquí. Todo lo que quieras, páctalo.
Riesgo si falta: o te quedas atada más de lo que amortizas, o el casero no te renueva justo cuando el local ya funciona y has creado clientela en esa dirección.
6. Cláusula e, Renta, actualización, IVA y retención de IRPF
Qué es. Cómo se fija y sube la renta, y las dos particularidades fiscales del alquiler de local.
- Renta: [ ] €/mes. Forma y fecha de pago: [ ]. (Referencias de mercado en Modelo financiero del gabinete de medicina estética (U.48), cifras de Barcelona y Girona: Barcelona semi-prime muy por encima de Girona.)
- Actualización: en local la indexación es libre (podéis pactar IPC, otro índice o subida fija). Pacta el índice y un tope de subida anual: [ ].
- IVA: el alquiler de local está sujeto al 21% de IVA, que el arrendador te repercute en factura. No es exento (a diferencia de la vivienda).
- Retención de IRPF del arrendador (modelo 115): si el casero es persona física o entidad sujeta, tú, como arrendataria, retienes el 19% de la renta (⚠️ verificar el tipo vigente 2026 con tu gestoría) y lo ingresas en Hacienda trimestralmente. No es dinero extra: se descuenta de lo que le pagas. Coordínalo con tu gestoría (Tier D).
Riesgo si falta: subidas de renta sin tope, o (lo más peligroso) olvidar la retención del 115 y que Hacienda te reclame a ti las retenciones no practicadas, con recargo.
7. Cláusula f, Fianza y garantías adicionales
Qué es. La fianza legal en uso distinto de vivienda es de dos mensualidades de renta (art. 36 LAU). En Catalunya, el arrendador está obligado a depositarla en INCASÒL (Institut Català del Sòl) conforme a la Ley 13/1996. Aparte, el casero puede pedir garantías extra.
- Fianza legal: 2 mensualidades, con depósito obligatorio en INCASÒL (
incasol.gencat.cat) y condiciones de devolución claras (plazo tras entregar llaves, descontando solo desperfectos justificados). Exige constancia del depósito: es tu garantía de recuperarla. - Garantías adicionales (aval bancario, meses extra de depósito): pacta un máximo y su devolución/cancelación al cumplir. No firmes garantías indefinidas.
- Enlaza con la cláusula (a): si opera la condición resolutoria, fianza y garantías se devuelven íntegras.
Riesgo si falta: te piden garantías desproporcionadas, o no queda claro cuándo y cómo recuperas la fianza al marcharte.
8. Cláusula g, Cesión y subarriendo (clave para el salto a SLP)
Qué es. Cuando pases de autónoma a SLP (Tier D), el contrato tendrá que estar a nombre de la sociedad. El art. 32 LAU permite en local ceder o subarrendar sin consentimiento del arrendador, pero le da derecho a subir la renta (hasta un 10% por subarriendo parcial y hasta un 20% por cesión o subarriendo total), y ese derecho puede modificarse por pacto. Blíndalo.
- Pacta expresamente el derecho a ceder el contrato a una sociedad (SLP) participada/controlada por ti, sin incremento de renta y sin necesidad de nuevo consentimiento.
- Deja prevista también la cesión en caso de reestructuración de tu actividad.
Riesgo si falta: al constituir la SLP, el casero invoca el art. 32 para subirte la renta un 20%, o te obliga a firmar un contrato nuevo en peores condiciones; y mientras, el arrendamiento sigue a tu nombre personal, no al de la sociedad que factura.
9. Cláusula h, Desistimiento e indemnización
Qué es. Poder salir antes de que acabe el plazo avisando con antelación, pagando una indemnización pactada y limitada. En local, el art. 11 LAU no te ampara (es para vivienda): sin pacto, si te vas antes, podrías deber toda la renta pendiente hasta el fin del contrato.
- Pacta preaviso de [ ] meses y una indemnización tasada (p. ej., [ ] mensualidades o una parte proporcional de la obra que el casero conserva), con tope.
- Cierra el círculo: si te vas por no obtener autorización (cláusula a), no hay indemnización.
Riesgo si falta: quedas atrapada en el plazo completo; si el negocio no arranca o cambias de local, podrías tener que pagar todos los meses que falten.
10 Checklist para llevar a la negociación (y al abogado)
- [ ] Condición suspensiva/resolutoria ligada a compatibilidad urbanística + autorización sanitaria de funcionamiento + código RCSES, con plazo
[ ]meses y devolución de fianza si falla. - [ ] Carencia de renta durante obras y tramitación:
[ ]meses. - [ ] Destino expreso: clínica de medicina estética U.48, con conformidad del arrendador.
- [ ] Estatutos de la comunidad comprobados: no prohíben actividad sanitaria/clínica.
- [ ] Obras: ejecución, pago, proyecto anexado, autorización escrita (art. 23 LAU) y destino al final (accesión / retirada / compensación).
- [ ] Duración
[ ]años + prórrogas[ ]×[ ]años, preaviso[ ]meses. - [ ] Renta
[ ]€/mes, actualización con índice y tope[ ]. - [ ] IVA 21% repercutido y retención IRPF (modelo 115) prevista y coordinada con la gestoría.
- [ ] Fianza 2 mensualidades depositada en INCASÒL, condiciones de devolución claras; garantías extra con tope.
- [ ] Cesión a la futura SLP permitida sin subida de renta.
- [ ] Desistimiento con preaviso
[ ]meses e indemnización tasada y limitada; sin indemnización si opera la condición (a). - [ ] Contrato revisado por abogado/asesoría antes de firmar. Nada se firma "de palabra".
11 Pendiente de confirmar 2026
- Tipo de retención de IRPF del arrendador (modelo 115), indicado como 19%: confírmalo con tu gestoría para el ejercicio en curso. ⚠️ verificar.
- Plazo y forma del depósito de la fianza en INCASÒL para arrendamiento de local (obligación del arrendador, plazo de depósito): confirma el procedimiento vigente en
incasol.gencat.cat. ⚠️ verificar. - Plazos reales de la compatibilidad urbanística del ajuntament y de la autorización sanitaria de funcionamiento, para dimensionar el plazo de la condición (cláusula a): ver
33_...y34_.... ⚠️ verificar. - Estatutos de la comunidad de propietarios del inmueble concreto: pídelos antes de firmar. ⚠️ verificar.
Estètica Catalunya · Vigencia normativa: julio 2026. Contrasta con tu gestoría, el COMB/COMG y la Administración antes de cualquier trámite.