Estatus legal de inyectables: PRP, exosomas, polinucleótidos y bioestimuladores

Ámbito: Estètica Catalunya (Barcelona y Girona). Clase: AUTONOMICO. Estado normativo: vigente a julio 2026.

Abreviaturas — siglas usadas en este capítulo (clic para desplegar)

AEMPS Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios · AH ácido hialurónico · BOE Boletín Oficial del Estado · CE marcado CE (conformidad europea de productos y equipos) · COMB Col·legi Oficial de Metges de Barcelona *(Catalunya)* · COMG Col·legi Oficial de Metges de Girona *(Catalunya)* · IFU instrucciones de uso / ficha técnica del producto (instructions for use) · MDR Reglamento (UE) 2017/745 de productos sanitarios (Medical Device Regulation) · PDRN polidesoxirribonucleótido (bioestimulador) · PRP plasma rico en plaquetas · RCSES Registre de centres, serveis i establiments sanitaris de Catalunya *(Catalunya)* · RD real decreto · UDI identificador único de producto sanitario (unique device identification) · UE Unión Europea · URL dirección web (localizador uniforme de recursos)


1. Para qué es este capítulo

Antes de inyectar nada regenerativo, la pregunta no es "¿funciona?" sino "¿qué es legalmente esto que tengo en la mano?". La respuesta cambia todo: quién puede manipularlo, cómo se compra, qué consentimiento hace falta, qué publicidad está permitida y de quién es la responsabilidad si algo sale mal. La clave: no existe una clasificación genérica por familia. El estatus se resuelve producto a producto, según el producto concreto + la indicación prevista + su IFU (instrucciones de uso del fabricante). Un mismo "concepto" (exosomas, polinucleótidos) puede ser cosmético tópico, producto sanitario o medicamento según cómo esté presentado y para qué se use.

La autoridad que resuelve la cualificación y clasificación es la AEMPS (estatal), no la Generalitat. Lo autonómico catalán entra por la vía de dónde se hace esto: dentro de tu centro con unidad U.48 autorizado e inscrito en el registre sanitari català (RCSES · dueño canónico Tier E), con historia clínica conforme a la Llei 21/2000 de Catalunya, residuos segregados según el Decret 27/1999 y vigilancia: sospechas de reacción adversa a medicamentos por NotificaRAM y incidentes graves de producto sanitario por NotificaPS.

Regla de oro: si un producto biológico se inyecta, casi nunca es "cosmético". O es medicamento, o es producto sanitario, o directamente no tiene encaje legal para vía parenteral. La estética tópica de un exosoma vegetal no autoriza su inyección.


2. PRP (plasma rico en plaquetas): es medicamento, no un producto libre

La AEMPS, por Resolución de 23-05-2013, clasificó el uso terapéutico no sustitutivo del plasma autólogo y sus fracciones (PRP) como medicamento de uso humano para necesidades especiales. Consecuencias directas:

Práctico en tu consulta: consentimiento informado escrito específico, registro en historia clínica de lote del kit, y no publicitar el PRP como si fuera un "tratamiento cosmético" cualquiera.


3. Exosomas: no hay medicamento inyectable autorizado

Situación según la AEMPS y el criterio vigente:

Traducción de riesgo: no hay hoy en España un medicamento con exosomas autorizado para inyección. Es el punto de mayor exposición médico-legal de este capítulo; ⚠️ verifica el estatus del producto concreto antes de asumir cualquier conclusión categórica. Si un comercial ofrece "exosomas inyectables con CE", pide el certificado y la finalidad prevista en el IFU: la inyección no estará ahí, o el producto no será lo que dice.


4. Polinucleótidos / PDRN y bioestimuladores: caso a caso

No hay una etiqueta única. Un polinucleótido (PDRN), una policaprolactona, un ácido poli-L-láctico o un hidroxiapatita cálcica pueden ser producto sanitario con marcado CE o medicamento según:

  1. El producto concreto (composición, marca).
  2. La finalidad prevista declarada por el fabricante (indicación).
  3. Su IFU (invasividad, duración del contacto, sustancias, mecanismo de acción).

La clasificación la resuelve la AEMPS conforme al Anexo VIII del MDR (Reglamento (UE) 2017/745), mediante consultas de cualificación y clasificación. Antes de introducir un bioestimulador nuevo en tu cartera: verifica en su documentación si tiene marcado CE como producto sanitario, qué clase y qué indicación cubre. Si un producto se vende sin CE y sin registro como medicamento, no tiene vía legal para inyectarse.


5. Qué te impone cada norma

Norma Qué te impone Referencia
Resolución AEMPS 23/05/2013 (PRP) El PRP es medicamento; el prescriptor responde de calidad, trazabilidad, seguridad e información AEMPS PRP
AEMPS · kits de obtención de PRP El kit es producto sanitario CE; separa dispositivo (PS) de producto biológico (medicamento) AEMPS kits PRP
AEMPS NI-MUH nº 4/2018 (kits de suspensiones de células autólogas; no menciona exosomas) Kits que producen suspensiones de células autólogas → régimen de terapia avanzada. No es fundamento de ilegalidad categórica de los exosomas (⚠️ verificar fuente específica por producto) AEMPS NI-MUH 4/2018
MDR (UE) 2017/745, Anexo VIII + consultas AEMPS Clasificación de polinucleótidos/bioestimuladores caso a caso (producto + indicación + IFU) AEMPS cualificación/clasificación
RD 192/2023 (desarrollo nacional del MDR) Obligaciones de operadores, distribución, publicidad y vigilancia de PS en España BOE RD 192/2023
Llei 21/2000 de Catalunya (art. 12) Historia clínica y consentimiento; conservación (redacción vigente tras 2010): ciertos documentos 15 años desde el alta, el resto 5 años, salvo conservación especial (dueño Tier F) BOE Llei 21/2000
Decret 27/1999 (residuos sanitarios CAT) Segregación de residuos; agujas y material con sangre = Grup III (dueño Tier E) Portal Jurídic Decret 27/1999
NotificaRAM / NotificaPS (AEMPS) Medicamentos: notificar sospechas de reacción adversa por NotificaRAM (Tarjeta Amarilla). Productos sanitarios: notificar incidentes graves por NotificaPS NotificaRAM

6. Encaje catalán (dónde vive esto)


7. Checklist antes de inyectar un producto regenerativo


Pendientes de verificación


Estètica Catalunya · Vigencia normativa: julio 2026. Contrasta con tu gestoría, el COMB/COMG y la Administración antes de cualquier trámite.