Pacientes difíciles, amenazas y reclamaciones
Ámbito: Estètica Catalunya (Barcelona y Girona). Clase: MIXTO (deontología, LCS y CP estatales · plazos y prescripción del dret civil català). Estado normativo: Vigente · julio 2026.
Abreviaturas — siglas usadas en este capítulo (clic para desplegar)
AEPD Agencia Española de Protección de Datos · APDCAT Autoritat Catalana de Protecció de Dades *(Catalunya)* · BOE Boletín Oficial del Estado · CCCat Codi civil de Catalunya *(Catalunya)* · COMB Col·legi Oficial de Metges de Barcelona *(Catalunya)* · COMG Col·legi Oficial de Metges de Girona *(Catalunya)* · CP Código Penal · DNI documento nacional de identidad · HC historia clínica · LO ley orgánica · LOPD Ley Orgánica de Protección de Datos (derogada; hoy LOPDGDD) · OMC Organización Médica Colegial · RC responsabilidad civil (seguro de RC) · RGPD Reglamento General de Protección de Datos · SEME Sociedad Española de Medicina Estética · STS sentencia del Tribunal Supremo
El documento de los días malos. Cuatro escenarios que toda consulta de estética acaba viviendo: el paciente que no debes tratar (dismorfofobia, expectativas imposibles), el paciente agresivo o que amenaza, la reclamación (full, burofax, demanda) y la reseña destructiva. En los cuatro hay un protocolo correcto y errores que lo agravan todo. El peor de todos: tocar la historia clínica a posteriori.
1. El paciente que no debes tratar
Dismorfofobia (TDC): el cribado que te protege a ti y al paciente
- Prevalencia del trastorno dismórfico corporal en consultas estéticas: 13-20% según metaanálisis (frente a ~2% en población general). Aproximadamente uno de cada 6-7 pacientes que se sienta delante de ti.
- Es contraindicación, no un reto clínico: baja introspección, insatisfacción casi garantizada tras el tratamiento y riesgo suicida. El consenso (literatura SEME, doctrina ética) es no tratar y derivar a salud mental.
- Herramientas en español: el DCQ (Dysmorphic Concern Questionnaire, validado en español, Senín-Calderón 2017) es el breve más sólido para consulta; el BDDQ tiene uso publicado en español. Incorpóralo a la ficha de valoración de todo paciente nuevo (2 minutos), en Tier F ·
68_Seleccion_del_Pacientey57_Ficha_Valoracion_y_Registro_Fotografico. - Blindaje médico-legal: el consentimiento de un TDC no diagnosticado es impugnable (comprensión comprometida). Tu protección es la puntuación del cribado anotada en la historia y, si rehúsas tratar, la anotación al amparo del Código de Deontología.
Expectativas irreales: la doctrina que te rige
- El Tribunal Supremo abandonó la vieja idea de resultado garantizado: la obligación es de medios también en medicina voluntaria (STS 828/2021), salvo que tú garantices el resultado por contrato, por publicidad o de palabra. No lo hagas nunca. El desarrollo doctrinal está en
95_Responsabilidad_Civil_y_Seguro_RC. - A cambio, el deber de información es reforzado: hay que informar de todos los riesgos aun infrecuentes, alternativas, resultado esperable realista y su margen. Cerca del 70% de las reclamaciones en estética nacen de información previa inadecuada, no de mala técnica.
- Traducción operativa: fotografía estandarizada previa con su consentimiento específico (Tier F ·
54_Datos_Biometricos_y_Foto_del_Paciente), consentimiento que diga expresamente que el resultado no se garantiza, condiciones del retoque escritas en el propio consentimiento, y ante el paciente que quiere "lo de la foto de Instagram": educar, reformular y, si no baja a lo posible, no tratar.
Decir que no: tu derecho y su formato
El Código de Deontología Médica te respalda para rechazar o dar de alta al paciente:
| Situación | Qué exige |
|---|---|
| El paciente exige algo que consideras inadecuado (científica, legal o deontológicamente) | Informarle y anotarlo en la historia; quedas dispensada de actuar |
| Se ha roto la confianza (conflictividad, incumplimientos, agresividad) | Anotarlo en la HC, avisar con antelación por escrito y facilitar la continuidad con otro médico (transferir información) |
| Límites infranqueables (art. 196 CP, Ley 15/2022) | Nunca abandonar a quien necesita atención urgente; nunca rechazar por característica protegida (discriminación) |
Formato del alta o rechazo: burofax o email certificado con preaviso razonable, sin detalle de reproches ("pérdida de la necesaria relación de confianza" basta), oferta de derivación e informe clínico para continuar en otro centro, y conservación de la historia. En Catalunya la documentación clínica se conserva un mínimo de 15 años los documentos clínicos esenciales (desde el alta) y 5 años el resto (art. 12 Llei 21/2000, redacción vigente) (Llei 21/2000, art. 12): ver ../F_Datos_Consentimientos/56_Historia_Clinica_Estetica_plantilla.
2. El paciente agresivo o que amenaza
Lo primero: en consulta privada una agresión no es el "atentado" del art. 550 CP (ese protege al sanitario público o en funciones públicas). Se persigue por las vías ordinarias: amenazas (arts. 169-171 CP), coacciones (172), lesiones (147 y ss.), injurias. El Observatorio de la OMC registró récord de agresiones en 2025 y la sanidad privada ya pesa cerca del 17%.
Protocolo (imprímelo para todo el equipo):
- Desescala: tono bajo, distancia, no discutas el fondo; palabra clave pactada con recepción.
- Testigos: que entre otra persona del equipo; no te quedes a solas.
- Si hay lesión: parte de lesiones inmediato.
- Registro del incidente el mismo día: fecha, hechos, amenazas literales, testigos. Vale como prueba y como patrón si se repite.
- Colegio de Médicos (COMB en Barcelona, COMG en Girona): registra la agresión y activa la asesoría jurídica colegial.
- Denuncia y, si hay riesgo, solicita orden de alejamiento (art. 544 bis LECrim como medida cautelar).
- Alta del paciente por pérdida de confianza, por escrito.
Cámaras: admisibles solo en zonas comunes (entrada, recepción, espera) con cartelería y RGPD; prohibidas en consultas y salas de tratamiento. Sin audio, conservación máxima 1 mes. La AEPD es la autoridad de control de una clínica privada (no la APDCAT, que supervisa el sector público catalán): régimen completo en Tier F · 48_Guia_RGPD_LOPD_Consulta_Estetica.
3. Cuando llega la reclamación (full, burofax, demanda, denuncia)
Los cuatro reflejos correctos, en orden:
- Avisa a tu aseguradora de RC de inmediato. El art. 16 LCS (Ley 50/1980) exige comunicar el siniestro en 7 días desde que lo conoces, salvo plazo mayor de póliza. En pólizas claims-made el deber incluye declarar circunstancias que puedan dar lugar a reclamación (una complicación seria con paciente enfadado ya lo es). Avisar tarde puede reducir o anular la cobertura. No admitas responsabilidad ni pactes nada sin la aseguradora. Detalle de la póliza en
95_Responsabilidad_Civil_y_Seguro_RC. Base: Ley 50/1980, LCS. - No toques la historia clínica. Completarla o "mejorarla" a posteriori es falsedad documental (arts. 390 y ss. CP), que los tribunales castigan más duro que la propia mala praxis. Las HC digitales dejan metadatos: se detecta.
- No llames al paciente para arreglarlo fuera del cauce aseguradora y abogado. Si existe, usa la mediación del colegio.
- Congela y preserva todo: historia, fotos, consentimientos, presupuesto, mensajes, registro de citas y de lotes.
Plazos que te afectan:
| Qué | Plazo en Catalunya |
|---|---|
| Responder el full oficial de reclamació | 1 mes (Decret 121/2013 + Codi de consum, Llei 22/2010); no responder o hacerlo fuera de plazo es infracción |
| Prescripción de la acción del paciente por vía extracontractual (daño estético) | 3 años (Codi civil de Catalunya, art. 121-21.d, Llei 29/2002), desplaza el año del art. 1968 CC estatal |
| Prescripción de la acción contractual | 5 años (art. 1964.2 CC) |
| Acción directa contra tu aseguradora | 1 año |
| Interrupción de la prescripción | Cada reclamación fehaciente del paciente reinicia el reloj (art. 121-11 CCCat / art. 1973 CC) |
Bases: Decret 121/2013 · Codi de consum, Llei 22/2010 · Codi civil de Catalunya, Llei 29/2002.
El flujo típico de una reclamación: full o burofax, reclamación extrajudicial a ti y a la aseguradora, negociación o mediación, demanda civil (la penal es excepcional, solo imprudencia grave), batalla de historia clínica y peritos. La ganan los expedientes completos: HC exhaustiva, consentimiento reforzado, fotos y cribado documentado.
4. Reseñas negativas y difamación online
La trampa nº 1, y sancionada: responder una reseña confirmando que esa persona fue paciente o revelando cualquier dato. La AEPD ha multado a clínicas por revelar nombre, DNI y datos de salud en la respuesta. La respuesta pública segura es siempre genérica:
"Lamentamos leer esta opinión. No podemos comentar públicamente sobre pacientes ni confirmar relaciones asistenciales. Quedamos a su disposición en [EMAIL/TELÉFONO] para atender cualquier cuestión."
Protocolo completo:
- Captura o certifica la reseña (fecha y contenido).
- Verifica internamente si es paciente real (nunca lo digas fuera).
- Respuesta pública genérica (fórmula de arriba); responde siempre, el silencio también se lee.
- Denúnciala a la plataforma (Perfil de Empresa, "Denunciar reseña"): solo retiran las que violan políticas (falsas, de competidores, insultos). Las opiniones negativas genuinas no se retiran.
- Si el autor es identificable y afirma hechos falsos ("me infectó", "no es médica"): burofax de requerimiento y, si persiste, acción por derecho al honor (LO 1/1982). Los hechos falsos se litigan; las opiniones ("caro", "fría") jamás.
- La mejor defensa es estructural: pedir reseñas de forma sistemática a pacientes satisfechos (volumen que diluye).
5. Terminar la relación con un plan o bono a medias
Si quien rompe eres tú (pérdida de confianza) o el paciente desiste: devuelve las sesiones no consumidas. El cálculo estándar y seguro en juicio: total pagado menos sesiones realizadas a precio unitario de tarifa (no al precio del pack) igual saldo a devolver. Retener el importe de servicios no prestados es cláusula abusiva y enriquecimiento injusto. Documenta: burofax con fecha efectiva, cálculo de la devolución, oferta de derivación e informe clínico, y asiento en la HC. La caducidad del bono no te sirve para no devolver si quien termina eres tú. Diseño de bonos en 98_Bonos_Membresias_y_Financiacion_al_Paciente.
Kit del documento
- [ ] Cribado TDC (DCQ o BDDQ) integrado en la ficha de valoración de paciente nuevo.
- [ ] Consentimiento con: no garantía de resultado, condiciones del retoque y consentimiento fotográfico separado.
- [ ] Protocolo de agresión pactado con el equipo (palabra clave, testigos, registro de incidentes).
- [ ] Teléfono de la asesoría jurídica del COMB/COMG y de la aseguradora a mano (los 7 días del art. 16 LCS corren desde el primer día).
- [ ] Fulls oficials de reclamació disponibles y en català; respuesta razonada en el plazo de 1 mes.
- [ ] Fórmula de respuesta a reseñas guardada como plantilla.
- [ ] Regla de la casa grabada a fuego: la historia clínica no se toca a posteriori. Nunca.
Pendiente de confirmar
- Proposición de ley de violencia en el ámbito sanitario (en tramitación a julio 2026): puede añadir deberes de prevención a la privada (⚠️ verificar publicación en BOE).
Estètica Catalunya · Vigencia normativa: julio 2026. Contrasta con tu gestoría, el COMB/COMG y la Administración antes de cualquier trámite.